De conformidad con las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES intentada por la sociedad mercantil CRISSER GROUP C.A., contra las sociedades mercantiles ESTÁNDAR MEDICA, C.A. y CANDIA FARMACEUTICA C.A.
SEGUNDO: Se condena a las sociedades mercantiles demandadas ESTÁNDAR MEDICA, C.A. y CANDIA FARMACEUTICA C.A. a pagar a la sociedad mercantil CRISSER GROUP, C.A., la cantidad de OCHENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($80.000,00), por concepto de capital.
TERCERO: Se condena a las demandadas ESTÁNDAR MEDICA, C.A. y CANDIA FARMACEUTICA C.A. a pagar a la sociedad mercantil CRISSER GROUP, C.A., la cantidad de intereses moratorios que resulten de practicar experticia complementaria del fallo