DISPOSITIVA
Por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con el artículo 250, 5to. aparte del Código Orgánico Procesal Penal, y atendiendo a los artículos 13 y 280 ejusdem, se ACUERDA PRÓRROGA de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del vencimiento del lapso primeramente señalado de treinta días, al Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, a fin de presentar acto conclusivo en la investigación seguida al ciudadano JOSE GREGORIO SUAREZ LUIGIS, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, nacido en fecha 21-01-1985, de 27, hijo de Petra Suárez (V).y Sinencio Suárez, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, residenciado en la carretera Nacional, Tucupita El Cierre, sector de Paloma, calle Nro. 02, casa S/N, .....