´DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN a la cual llegaron ambas parte en el juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD ORDINARIA, fuera presentado por el ciudadano LUIS MANUEL VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.853.309 y de éste domicilio, asistido por la abogada JINMY LILIANA CASTILLO OJEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.793; contra los ciudadanos DENNY YAMILET RAMOS MARTINEZ, DARELIS CELESTE VASQUEZ RAMOS y ALDRE DANIEL VASQUEZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.636.111, V-28.373.320 y V-30.247.193 respectivamente, y todos de este domicilio, asistidos por el abogado OSWALDO RAMÓN MATHEUS GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 296.576. SEGUNDO: Se hace saber a las partes, que una vez que acrediten en el expediente, haber cumplido con el acuerdo al que han llegado, se dará por terminado el presente expediente y se ordenará su cierre y archivo definiti.....