Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estando Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista la exposición del acusado, de las víctimas y de la Fiscal del Ministerio Público, ACUERDA:
PRIMERO: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de la causa seguida al ciudadano JOSE MANUEL GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.956.921, natural de puerto Ordaz Estado Bolívar de profesión u oficio desempleado, hijo de Petra González y Antonio González, residenciado en el triunfo, sector el triunfito, calle bonanza , numero 06, municipio casacoima, estado Delta Amacuro; en la causa identificada N° YP01-P-2009-000532, por el delito Violencia Física, previstos y sancionados en el artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, conforme al artículo 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal......