DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Primera Instancia, de Juicio Itinerante Nº- 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ABSUELVEN de los cargos fiscales, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral primero del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del ciudadano Derio Malave (occiso) a los ciudadanos GONZALEZ JOSE GENARO, venezolano, de 35 años de edad, nacido en fecha 16-08-1977, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en la Comunidad de san Isidro, vía El zamuro, casa S/N, Parroquia san Rafael, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V.-15.335.787 y GONZALEZ MORILLO PEDRO JOSE, apodado "EL NEGRO", venezolano, .....