DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 506 y 508 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 767, 1.354 del Código Civil, en armonía con los artículos 26, 77 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Declaración Judicial de la existencia de Unión Estable o Relación Concubinaria entre los ciudadanos: JUANITA HERMES MARIN REINA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V-3.045.343, domiciliada en Calle Tucupita, Nº 50 del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro y el ciudadano FIGENIO EVANGELISTO VILLALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 4.513.....