DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA la medida de RÉGIMEN ABIERTO, al penado LISANDRO GARRIDO CARRASQUEL, antes identificado, de conformidad con el artículo 479 numeral 1º y 500 (hoy 471 y 488) ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la advertencia que el incumplimiento de alguna de las condiciones mencionadas, dará lugar a la revocatoria de la formula otorgada; el cual cumplirá en el Centro de Residencias Supervisada DR. LUS MARTINEZ GONZALEZ Ocumare del Tuy Estado Miranda, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario. Líbrese oficio a la Directora del Centro de Residencias Supervisada DR. LUS .....