Se DECLARA CULPABLE al ciudadano DARWIN MICHAEL NAVARRO ORTIGOZA, de nacionalidad venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, nacido el día cuatro (04) de Junio del año mil novecientos setenta y ocho (1978), titular de la cédula de identidad personal No. V-13.743.377, por ser el autor responsable de la comisión de los delitos de VIOLACION y HURTO CALIFICADO, tipificados y sancionados en los artículos 375 y 455 numeral 3 ambos del Código Penal en vigencia para la fecha de la comisión de los hechos punibles, es decir la publicación en Gaceta extraordinaria de fecha veinte (20) de Octubre del año 2000, según Gaceta Oficial Nro. 5.494. En consecuencia, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 363 ejusdem, se CONDENA al precitado ciudadano a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS de PRESIDIO, quedando igualmente condenado el ciudadano DARWIN MICHAEL NAVARRO ORTIGOZA a las PENAS ACCESORIAS establecidas en el artículo 13 del Có.....