Cumplidos como han sido los extremos exigidos por el Código Civil, para la conversión solicitada; Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Juicio del Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De la Circunscripción Judicial Del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los Cónyuges MERLYS BETANIA PITRE BERMUDEZ Y ALBERT SANTANA CABRERA, anteriormente identificados en autos. En consecuencia de ello, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, celebrado, en fecha 05 de noviembre de 1999, Contrajeron Matrimonio Civil por ante el Jefe Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro, tal como se evidencia del acta de matrimonio que anexaron y que riela a los folio 03 y su vuelto, del presente asunto.
En virtud que los Ciudadanos MERLYS BETANIA PITRE BERMUDEZ Y ALBERT.....