Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con competencia múltiple en lo Civil, Mercantil, Protección de Niños y Adolescentes, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA reponer la causa al estado en que un Juez distinto al que dictó sentencia, emita pronunciamiento en relación a la solicitud interpuesta por el demandado, en la cual requirió nueva oportunidad para evacuar al testigo promovido y continúe la causa hasta sentencia definitiva, tomando en consideración que la contestación de la demanda se introdujo en tiempo hábil, en el presente juicio que por vía de cumplimiento de
contrato de arrendamiento, interpuso el ciudadano PEDRO GARCIA AFANADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 1.383.883, comercian.....