DISPOSITIVA
En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de medida humanitaria presentada por la abogada DAYSY MILLAN, en su carácter de defensora penal del penado ANTONIO RAMON LARA MARTINEZ, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 491 y 492 del Código Orgánico Procesal Penal, quien resulto condenado por la comisión de los delitos de Secuestro, Robo Agravado de Vehículo Automotor, Homicidio Intencional a Titulo de Dolo Eventual, Lesiones Graves, Uso de Adolescente para Delinquir, y Asociación Ilícita para Delinquir, perjuicio de los ciudadanos: Gibori Medina Wilmer de la Cruz, Joe Nek Sol Hernández (occiso) y Christopher José Yaguaraima (occiso.....