DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Primera Instancia, de Juicio Itinerante Nº- 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano JUNIOR ISAAC GUZMAN LEON, venezolano, natural Tucupita, nacido en fecha 06-07-1994, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante de 5to año de bachillerato, hijo de Belia Rosa León (v) Henri Guzmán (v), titular de la cedula de identidad Nº 26.127.521, estado civil soltero, residenciado en Hacienda del medio, vereda 13, casa 04, estado Delta Amacuro, por los cargos Fiscales, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano MARTINEZ AQUILE ANTONIO, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION mas penas acce.....