este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 365, 366 encabezamiento y segundo aparte del artículo 470 y 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Homologa el convenimiento realizado por el ciudadano DOUGLAS JOSE DIAZ FUENTES y el ciudadano DOUGLAS JOSE DIAZ PEDROZA, plenamente identificado en autos, en consecuencia se acuerda librar el oficio a la Dirección General Sectorial de Recurso Humanos de la Gobernación del Estado Delta Amacuro, a los fines de que se deje sin efecto el descuento de la cantidad de UN MIL CIENTO DIECIOCHO BOLIVARES CON 39/100 CENTIMOS (Bs. 1.118,39)del salario, así como ta.....