se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el derecho de propiedad y posesión de los ciudadanos MARIETA JOSEFINA MILANO, ANAIN MARYOLIS GOMEZ MILANO, ALCIDES ANTONIO MILANO, MARYELI BETH MILANO MATA, ANA LUISA MILANO, MIGUEL CENAIDE MILANO, EGLIS RAFAEL MILANO LUÍS JOSÉ MILANO, ELIAS ENRIQUE MILANO, ALONSO JOSÉ MILANO, HUMBERTO RAFAEL MILANO y LUÍS JUVENAL MILANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.950.368, V-13.263.115, V-1.386.868, V-11.211.874, V-5.336.653, V-5.336.032, V-8.953.112, V-5.336.035, V-5.336.652, V-9.858.386, V-3.048.315 y V-8.927.471 respectivamente, civilmente hábiles, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, sobre las mencionadas bienhechurias y que conforme a las declaraciones suministradas por los testigos hábiles y contestes ciudadanos Ignacio José Bront y Blismar de los Ángeles Lezama Jiménez, antes identificados, se evidencia que los ciudadan.....