Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por el ciudadano BRANLY JOSE VILLAROEL QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.440.895, sobre una parcela de terreno propiedad de Ejido Municipal, la cual tiene una superficie de terreno que mide: DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CERO CENTIMETROS (288.00Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (76.68Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Ejidos Municipales con (12.00 mts); SUR: Calle en Proyecto con (12.00 mts); ESTE: Yenifer Martínez con (24.00 mts) y OESTE: Diasmida Gutierre con (24.00 mts), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tiene el ciudadano BRANLY JOSE VILL.....