DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE EL RECURSO DE REVOCACIÓN interpuesto por la Abogado LEDA MEJÍAS, defensora pública penal de adolescente del imputado IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, contra la decisión de fecha 31 de Agosto del año 2009, dictada por éste Juzgado.