Por todos los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL O GANANCIAL seguido por la ciudadana GUZMAN LUZMILA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.658.786, Asistida por el abogado ELVIS JOSE ARBELAEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.918, contra el ciudadano FREDY ANTONIO ROMERO GOMEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.259.980.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa.....