D I S P O S I T I V A
Ahora bien, este Tribunal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad que le confiere la Ley le concede y con fundamento en el artículo 105 del Código penal Venezolano, 479 ordinal 1° del código procesal pena DECRETA: la LIBERTAD PLENA del ciudadano: JUAN ALBERTO TOCHON ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.545.355, nacido el día 12 de Julio de 1956. Así se decide. Notifíquese a las partes, al penado, Ofíciese a la Oficina de Vice- Ministerio de seguridad del Despacho de la Dirección de prisiones de la división de Antecedentes penales del ministerio del Interior y Justicia, Al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, para que sea borrado del sistema y una vez notificadas las partes remitir al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, est.....