Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y AntonioDíaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el contenido de la Sentencia 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, declara: PRIMERO:CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO intentada por los ciudadanos DENEUVIS RAMONA NAVARRO DE ACOSTA y DEELUYA SALOMON ACOSTA DUVAL,venezolanos, mayores de edad,titulares de las cedulas de identidad Nº 11.206.966 y Nº 11.750.376, respectivamente,la primera de los nombrados domiciliada en el Sector Paloma, calle Nº 02, vereda Nº 02, Parroquia Antonio José De Sucre, municipio Tucup.....