II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada la ciudadana NARBIS NAHOMI ASTUDILLO CORONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.676.075, sobre una parcela de terreno propiedad de ejidos municipales, la cual tiene una superficie de terreno que mide DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (243,68 Mts2) y un área de construcción de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CERO CENTIMETROS (94,00 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Propiedad que es ó fue de Rosaidys Millan con 20,80 mts; SUR: Propiedad que es ó fue de Yolibeth con 19,88 mts; ESTE:
Propiedad que es o fue de Alberto Contreras con 11,97 mts y OESTE: Calle Nº 7 Las Orquideas con 12,03 mts, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y sufic.....