DISPOSITIVA
En atención a las consideraciones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Abg. MARIANA JIMENEZ AGREDA, y en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Administración de Justicia (Fuga de Detenido), previsto y sancionado en el artículo 258 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano; por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad con los artículos 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal d de la Ley Orgánica p.....