La instrumental promovida al ser analizada por esta Alzada se observa que se trata de documento público administrativo, entendido éste como el acto escrito emanado de la Administración Pública que goza de una presunción de veracidad y legitimidad, lo que es característico de la autenticidad; formalmente para que un acto sea auténtico se requiere que esté firmado por el funcionario competente para otorgarlo, y que lleve el sello de la oficina que dirige. Todo ello de conformidad con la pacifica y reiterada doctrina del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil. (Sentencia Caso: Meltex Tejidos, C.A, Magistrada Ponente: Dra. Isbelia Pérez de Caballero. Número 00024. Exp. AA20-C-2003-000980.) Cursiva de este Tribunal Superior.-