DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud de examen y revisión de la medida cautelar sustitutiva de Libertad presentada por el Defensor Público Segundo Penal RODRIGO ANTONIO ELIZONDO JIMENEZ, en consecuencia se amplía el régimen de presentación impuesto a los ciudadanos JESUS RAMON GOMEZ HERNANDEZ, venezolano, de 53 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Agente de Seguridad, residenciado en la urbanización Bella Vista cale carapa, casa 24-15, detrás del colegio Francisco Guedez Colmenares, San Félix Estado Bolívar, titular de la cedula de identidad N° 8.522.148, hijo de Aparicio Gómez (f) Colsolcia Hernández (f) y PEDRO ISMAEL GONZALEZ YEMES, venezolano, de 29 años de edad, natural de Piacoa, Municipio Casacoima Estado.....