DISPOSITIVA
"Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención al artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación Fiscal en contra de los adolescentes al adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la cuarta calle la ultima casa, Municipio Tucupita, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, establecido en el artículo 453 ordinales 3º y 4º del Código Penal en perjuicio de la Ciudadana IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por las partes. TERCERO: Admitidos como han sido los hechos por partes de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, establecido en.....