DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se ADMITE la acusación interpuesta por la Fiscalía Auxiliar Quinta del Ministerio Público, por llenar los requisitos exigidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la ciudadana RODRIGUEZ DE GUERRA MARITZA DEL VALLE, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 09/09/1971, de profesión u oficio Docente, laborando actualmente en la Escuela Carabobo, ubicada frente a la UNEFA, Tucupita ¿ Estado Delta Amacuro, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.866.075, residenciada en el sector Palomar, transversal 07, casa Nro. 124 de esta Ciudad, por la comisión del delito de Trato Cruel, pr.....