esta Sala de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN DE RESTITUCIÓN JUDICIAL, celebrada entre las ciudadanas MARIA LUISA GONZALEZ y AMANDA CAROLINA GASCON GONZALEZ, plenamente identificadas, en su condición de abuela materna y progenitora del niño (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).