...Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia el Ciudadano JUAN RAMÓN MORILLO LIRA se compromete en beneficio de su hijo (SE OMITE EL NOMBRE), de siete (07) años de edad, a: ..........................................................................................
PRIMERO: Entregar la cantidad de CIENTO SETENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 177.000,00) mensuales por concepto de Revisión de Obligación Alimentaria, que equivale aproximadamente el veinticinco por ciento (25%) de su salario.......................
SEGUNDO: Conceder el once por ciento (11%) de los aguinaldos, bono vacacional, útile.....