DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA. TERCERO: Se admiten la acusación y las pruebas presentadas por el Ministerio Público, conforme a los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Posesión De Drogas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica De Drogas; en perjuicio del Estado venezolano y Robo Agravado en la Modalidad de Mano Armada, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Evelin Karelis Herreras ACOSTA Y FÁTIMA EVAMY VELÁSQUEZ HERRERA. SEGUNDO: Se condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos al ciudadano DEIVIS DEONELVIS FUENTES GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.566.182, por la presunta comisión de los delitos de Posesión Ilícita De Drogas, previs.....