Se NIEGA la solicitud de Medida de Protección al ecosistema sobre Ramón Salazar Valerio. Asimismo. Se DECRETA Medida Autónoma de Protección a la Producción Pecuaria sobre el área de pastoreo del ganado en un lote de terreno denominado "La Esperanza, ejercida por los ciudadanos Jesús Rafael Carreño Rodríguez y Niurka Salazar Valerio,Ordenándosele al ciudadano Nicolás Ramón Salazar Valerio abstenerse de continuar haciendo actos que conlleven a la interrupción de la actividad pecuaria, en el señalado fundo. Dicha medida entra en vigencia a partir de la presente fecha por un lapso de doce (12) meses.