En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Primero: Sustituir la medida PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre los jóvenes adultos IDENTIDADES OMITIDAS, por las de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (1) año, ocho (08) meses y veintiún (21) días, tiempo que falta por cumplir los jóvenes adultos sancionados y de cumplimiento simultaneo. SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese boleta de excarcelación y oficio a la Coordinación Centro de Formación Integral de Varones y Coordinación de Libertad Asistida, adscritos a la Misión Negra Hipólita, dependiente del Ministerio del Poder Popular para la Participación y Protección Social, notificando la presente decisión a los fines legales consiguientes. Impóngase a l.....