DISPOSITIVA
Luego, ante la admisibilidad manifiesta de tutela constitucional invocada; este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCUPITA, administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confieren la leyes del estado venezolano, declara: INADMISIBLE la pretensión de amparo sobre derechos y garantías constitucionales propuesta por el ciudadano: MARLIN ANTONIO MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-16.215.577, en contra de la EMPRESA PETROWARAO, S.A., filial de PDVSA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina WEB del Tribunal Supremo d.....