ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. PRIMERO; Se ordena la aplicación del Procedimiento Especial e conformidad con el artículo 94 de la Ley Especial que rige la materia. Segundo: Se decreta Medida Cautelar Sustituida de Libertad de conformidad con el artículo 256 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: ROIMAN ANTONIO GUTIERREZ WILLIAMS, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 21.384.382, estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, residenciado en San Rafael, sector Raúl Leonis, calle 06 casa Nº 17, de esta Ciudad, nacido en fecha 26-10-1987, hijo de Ramón Gutiérrez y de Maria Williams, consistente en presentaciones cada (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial, se acuerda las Medidas de Protección solicitadas por la Representación Fiscal de conformidad con el articulo 87 numeral 3 y 5 de la Ley e.....