En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda la inmediata libertad del penado de conformidad con lo establecido en el artículo 44 constitucional, de igual forma librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, para que sea excluido del Sistema Integrado de Información Policial el ciudadano COTUA ALESSON ABNEL