DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos establecido en el artículo 375 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano LUIS BELTRAN PINO, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, nacido en fecha 14-10-1973, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Carapal de Guara, vía principal, cerca del liceo y de la bodega, casa sin número, Tucupita, estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nº V-12.546.659, teléfono de contacto 0416-1804116, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor del delito de ACT.....