Por las consideraciones expuestas, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, requeridas el Abg. DANIEL RUSSIAN PEREZ, Defensor Segundo Público Penal Ordinario, en su condición de Defensor del ciudadano: YOLMAN JOSE PALMA PALMA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.068.456, plenamente identificado en el presente asunto, Escrito mediante el cual SOLICITA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, de conformidad a lo establecido en el artículo295 y 296 del código orgánico procesal penal , por cuanto en fecha 03-10-2013 se le acordó una prórroga de treinta (30) días al Ministerio Público contados a partir de esa fecha, a los fines de que presentara el Acto Conclusivo, lapso que se venció el pasado 14.....