Por todas las consideraciones que anteceden es por lo que este Tribunal Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la ley acuerda, PRIMERO: ACUMULAR la causa signada con el No. YP01-D-2011-282 a la causa No. YP01-D-2010-138, siendo esta última, la de ultima data y la de mayor gravedad del delito y dada la naturaleza del tipo penal señalado por parte de la representación de la Fiscalia Décima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para garantizar la unidad del proceso se ordena agregar las actuaciones del asunto Nº YP01-D-2011-282 a la causa No. YP01-D-2010-138. Así
el asunto principal queda de la siguiente manera: Asunto No. YP01-D-2010-138, seguido al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 457 del Código Penal. SEGUNDO: se ordena enmendar la foliatura de las causas acumul.....