ESE TRIBUNLA UNICO DE EJECUCION DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Primero: "Cesación de la Sanción de "Servicios a la Comunidad y Reglas de Conducta", Impuesta al Joven adulto (omitida) por cuanto se verifica de actas que el Joven ha cumplido efectivamente con las sanciones impuesta y se ha cumplido el fin primordial de la ley de reeducar al adolescente de autos. Y se otorga la Libertad Plena del adolescente. Notifiquese a la Fiscal Quinta del Ministerio Publico. Ofíciese a la Coordinación de Servicios a la comunidad que funciona en el Centro de Libertad Asistida de esta Ciudad de Tucupita. Remitase la Presente causa al Archivo Judicial en su oportunidad Legal. Cúmplase.
La Jueza Única de Ejecución.
La Jueza
Abg. Luyza Beatriz Delgado Martes
La Secretaria
Abg. Ana Duarte