Por las razones arriba expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de las ciudadanas LISSETT YANINE PERNIA FERNÁNDEZ; NEIDA EDIBIS ARTAHONA y ANGELICA MARIA RODRÍGUEZ HERNANDEZ, arriba identificadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, 251 parágrafo primero y 252 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por su presunta participación en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE DROGAS, previsto y sancionado en el articulo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el articulo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
2.- Se acuerda la aplicación del procedimiento ordinar.....