Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECIDE: UNICO: REVISA y SUSTITUYE la medida judicial privativa preventiva de libertad, que fuera en fecha veintidós (22) de junio del año dos mil quince (2015) en relación al ciudadano DAILEN ALEXANDER LEON VELASQUEZ, venezolano, fecha de nacimiento: 08-10-1996, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Marleni Velásquez (v) y Basilio León (f), de profesión u oficio indefinida, residenciado en Barrio la Guardia, negro Primero, casa S/N, de color blanca, por la escuela al lado de la cancha, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V-25.926.547, por otra menos gravosas de las contenidas en el artículo .....