DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante N°-02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Escuchada como ha sido la voluntad del acusado ALEJANDRO JOSUE FERMAN ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº-. V-25.398.997 de admitir los hechos, este Tribunal procede a CONDENAR, al ciudadano ALEJANDRO JOSUE FERMAN ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº-. V-25.398.997 de conformidad con el procedimiento especial por admisión de hechos, previsto y sancionado en el artículo 375 del código orgánico procesal penal, por considerarlo responsable de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, establecido en el artículo 286 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del.....