Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de nulidad contra la Providencia Administrativa número 03 de fecha 21 de febrero de 2000, dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Delta Amacuro, que declaro Con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos Adolfo Cedeño, Analuisa Martínez, Elys Rodríguez, Ines Zacarias, Ricarda Velázquez, Víctor Gómez, Shieley Jaime, , Daniurgo Contreras, Ángel Jaramillo, Iván Herrera entre otros
SEGUNDO: Se ANULA, el mencionado Acto y su contenido.
TERCERO: Se ordena al Inspector del Trabajo del Estado del Estado Delta Amacuro, aperturar el respectivo procedimiento administrativo de la Solicitud de Reenganche y Pago de salarios Caídos en el estado promoción y evacuación de prueba.....