Por todos los razonamientos antes expuesto, este tribunal Único de primera instancia en función de ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO DECLARA PROCEDENTE, la solicitud interpuesta por la Lic. Marisol González, en su condición de Directora del Centro de Tratamiento Comunitario, al penado JORGE FELIX ARVELAY RIVAS, de nacionalidad venezolana, nacido en Tucupita, Estado delta Amacuro, en fecha 09-09-1982, de 26 años de edad, de esta civil soltero, de profesión u oficio: obrero, con último domicilio en el Barrio San Rafael, Calle Nro. 04, casa sin número, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 18.659.767, por seis (06) fines de semanas ordinarios, desde los días viernes a las 06:00 p.m. hasta las 06:00 p.m. del domingo, desde el 04-12 al 06-12- 2009, 11-12-2009 al 13-12-2009, 18.....