III
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÒN, formulada por la Abogada Yeslin Espín Fermín, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 124.425; en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana Lucila Beatriz Fermín de Espín, titular de la cedula de identidad Nro. 2.259.498, contra la abogada Roilena Del Valle Azugaray Gascón, en su condición de Jueza Suplente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Bancario y Constitucional de esta Circunscripción Judicial, por no encontrarse incurso en la causal contenida en el numeral 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Remítase mediante oficio Cuaderno.....