DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la confesión ficta del demandado, ciudadano José Rafael Mendoza al constituirse la trilogía necesaria para consumar la misma en este proceso ordinario agrario a tenor de lo previsto en el artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así decide.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente demanda por ACCIONES DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD AGRARIA interpuesta por el ciudadano RAMON SILVA, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL MENDOZA, en consecuencia, se condena al demandado al pago de seiscientos cuarenta y uno dólares americanos ($ 641,00) a la tasa del Banco central de Venezuela. Así se establece.-
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condena.....