DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Defensor Público Cuarto Penal Abg. ORLANDO SALVATTI y en consecuencia se decreta:
PRIMERO: LA PRESCRIPCION JUDICIAL DE LA ACCION PENAL en la causa seguida a BELLAVILLE GUILLIANY ROBERT GASTON, quien fue acusado de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en agravio del ciudadano RODRÍGUEZ MARCANO SERGIO JAVIER, todo ello con fundamento en lo establecido en el artículo 108 ordinal 5° y 110 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 49.8 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber transcurrido el lapso establecido en la Ley para la prescripci.....