DECIDE POR UNANIMIDAD:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE a la ciudadana GERMANICA PAOLA VERGARA RODRIGUEZ, venezolana,titular de la cédula de identidad personal No. V-18.187.628, por ser autora responsable de la comisión de los delitos de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y OCULTAMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal venezolano. En consecuencia, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 363 ejusdem, se CONDENA a la precitada ciudadana a cumplir la pena de DIEZ AÑOS (10) AÑOS de PRISION, quedando igualmente condenada la ciudadana PAOLA GERMANICA VERGARA RODRIGUEZ a las PENAS ACCESORIAS establecidas en el artículo 16 del Código Penal, esto es, la inhabilitación política mientras dure la misma y la sujeción a la vigilancia .....