En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de EXTINCION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por el Ciudadano: ANDRÉS AVELINO VÁSQUEZ PINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.195.288, en contra de la Ciudadana: AISAMÍ SARAÍ VÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-23.868.815.
SEGUNDO: En consecuencia, se EXTINGUE la Obligación Alimentaria acordada por la extinta Sala de Juicio con sede en Tucupita del entonces Tribunal de Prot.....