En el asunto YP01-P-2010-0000728, el cual fue acumulado, el penado LISNELDIS LEOMAR CASTILLO BRITO, fue detenido en fecha 02 de junio de 2010, hasta la actualidad ha permanecido detenido 02 años, 02 meses y 13 días, y al sumar esta detención con el calculo anterior da un total de 07 años y 07 meses de detención.
La nueva pena luego de la redención acumulada fue de 20 años, 10 meses, 27 días y 12 horas presidio, menos el tiempo cumplida de 07 años y 07 meses de detención, en consecuencia le faltarían por cumplir 13 años, 03 meses, 27 días y 12 horas de presidio.
Así las cosas, en cuanto a la determinación de las fechas en las cuales el penado podría optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena al respecto se observa que le fue revocada una de las medidas alternativas de cumplimiento de pena como fue el Destacamento de trabajo, a tenor de lo establecido en el articulo 500 numeral 4, no le procede alguno de los beneficios allí señalado por cuanto tales requisitos deben.....