este Tribunal Tercero de Primera instancia en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano VICTOR JOSE CAPRIATA ESTRADA, venezolano, natural de esta localidad, de 22 años de edad, de estado civil soltero, titular de la C.I. N° V-19.402.886, nacido en fecha 08-05-90, hijo de Miguel José Capriata (v) y Delia Estrada (v), de profesión u oficio portero del hospital Luís Razetti, residenciado en pica de Cocuina, calle Principal frente a la Guardería Mi Dulce Niño, Tucupita, Estado Delta Amacuro, grado de instrucción bachillerato, Telef. 0424-9728708, de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 49 numeral 7.....