DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control No. 2 con sede en la ciudad de Tucupita. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
NO ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Público y con fundamento en el artículo 300 ordinales 1 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos ALEXIS RAMON BECEA HENRIQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de esta localidad, de 28 años de edad, de fecha de nacimiento 19-10-1982, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.214.924, de estado civil soltero, de profesión u oficio T.S.U. Construcción Civil y trabajo en la alcaldía en el Departamento de Rentas y Licores, residenciado en San Rafael sector la floresta, casa sin numero, de esta localidad, hijo de HERMINIA JOSEFINA HENRIQUEZ (F) y ANGEL B.....